Medio: Reforma
Diputados aprobaron redefinir y ampliar la definición de acoso sexual en la Ley para garantizar una vida libre de violencia a las mujeres.
El proyecto de decreto aclara que son formas de acoso sexual, el expresivo, el verbal, el físico, las persecuciones y el exhibicionismo.
También se ordena al Estado mexicano que garantice a las mujeres su erradicación mediante programas de prevención, además de la facilitación de protocolos de denuncia.
El documento, enviado al Senado para su ratificación, también contempla ampliar el artículo 13 de la misma Ley, para ampliar la definición de hostigamiento sexual.
“Hostigamiento sexual es cualquier conducta que comete una persona en contra de otra con fines lascivos, mediante el ejercicio del poder, el asedio reiterado y/o valiéndose de su posición jerárquica derivada de sus relaciones laborales, docentes, domésticas o cualesquiera que otro otras que implique subordinación”.
La autora de la iniciativa, Candelaria Ochoa, de Movimiento Ciudadano, urgió a erradicar esos delitos tan comunes en contra sobre todo de las mujeres.
“La normalización del acoso en nuestra cultura ha provocado que las personas no sean conscientes de que es un problema ampliamente difundido y que se den explicaciones socialmente válidas que lo perpetúen“, sostuvo.
La diputada priista Laura Plascencia Pacheco alertó también sobre la falta de protección a las mujeres.
Afirmó que en México casi 7 de cada 10 mujeres son víctimas de violencia, incluso, dijo, 40 por ciento de las mujeres sufren violencia sexual. Según esas cifras, cada minuto una mujer, incluso niña, son violadas y la mayoría de los casos queda impunes.