La alerta de género se ha declarado para municipios en 12 estados: Colima, Chiapas, Estado de México, Guerrero, Morelos, Michoacán, Nayarit, Nuevo León, San Luis Potosí, Sinaloa, Veracruz y Quintana Roo; y se admitió la solicitud de alerta para municipios en: Campeche, Ciudad de México, Coahuila, Durango, Jalisco, Oaxaca, Puebla, Veracruz, Yucatán y Zacatecas. Sin embargo, aun cuando se han hecho trámites para solicitarla, esta se ha negado en Guanajuato, Baja California, Querétaro, Puebla, Sonora, Tabasco, Tlaxcala y Ciudad de México.
Sin embargo, dicha declaratoria de alerta sufre de tremendas trabas burocráticas en razón de intereses políticos. Las alertas de género, cuando logran ser declaradas, muchas veces lo hacen después de más de un año de esfuerzos constantes y desgastantes por parte de mujeres desde la sociedad civil. Y es por eso que proponemos que sean esas mujeres quienes se hagan cargo del proceso para declarar las alertas de género: crear un Comité de expertas, quienes sean electas después de una convocatoria pública.
La vida de las mujeres no puede quedar al arbitrio de intereses políticos y negligencias. Queremos, además, reestructurar el mecanismo para hacerlo más eficiente. Desde esta Cámara he propuesto que la Alerta de género debe ser expedita; Reformar el artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para incluir el feminicidio como delito que admite prisión preventiva;
Crear un mecanismo mediante el cual las autoridades puedan –y deban- activar la Alerta de Género cuando la violencia contra todas las mujeres así lo exija, reconocer la violencia a personas trans y los delitos por homofobia; Reconocer el acoso sexual en el espacio público como una manifestación más de violencia contra las mujeres; Hacer más eficiente el mecanismo y crear un Comité de selección más amplio que elija a las integrantes del Comité de Expertas, quienes sean electas después de una convocatoria pública; Reformar el artículo 23 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para establecer un plan estratégico, crear los instrumentos e indicadores de seguimiento y evaluación de los resultados de las acciones preventivas, de seguridad y justicia; y establecer calendarios de acción, seguimiento e información de las acciones y resultados de las medidas establecidas en la declaratoria de alerta de violencia de género.
Además, he propuesto los siguientes puntos de acuerdo: Con el que se exhortó al Ejecutivo federal a desarrollar una base de datos sobre casos feminicidio y que diseñe y ejecute un Programa integral para prevenir, atender y erradicar el feminicidio. También se exhortó al Poder Judicial de la federación y de las entidades federativas, el otorgamiento irrestricto de las órdenes de protección, así como la aplicación efectiva de los protocolos de investigación con perspectiva de género y debida diligencia del feminicidio; Se exhortó a las legislaturas de los estados a revisar su códigos penales a fin de considerar, en cumplimiento a la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos Campo Algodonero, la estandarización del tipo penal de feminicidio, a fin de ajustarlo a la perspectiva de género, a elementos objetivos que no dificulten su acreditación y a ubicarlo como delito de naturaleza jurídica autónoma del homicidio, con base en la descripción típica del artículo 325 del Código Penal Federal. (éste fue aprobado en abril de 2016 y solo hubo respuesta de tres estados Guanajuato, Puebla y Morelos); Se exhortó a los gobiernos municipales de la República Mexicana a expedir y fortalecer su reglamento de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia o de combate, atención y erradicación a la violencia de género o sus equivalentes. Así como a la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres a trabajar con los gobiernos municipales en capacitación, asesoría y asistencia técnica en materia de combate a la violencia contra las mujeres y de género a fin de que estos órdenes de gobierno tengan los elementos necesarios para expedir sus reglamentos en la materia; Se exhortó a la Secretaría de Gobernación a dar seguimiento puntual a las 13 acciones del Programa Integral para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres contenidas en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, acorde a su artículo 42, inciso VIII; Se exhortó a los gobiernos estatales de México, Morelos, Michoacán, Chiapas, Nuevo León, Veracruz, Sinaloa, Colima, San Luis Potosí, Guerrero, Quintana Roo y Nayarit hacer pública la información relativa a la experiencia institucional en la realización, operación, seguimiento, obstáculos, limitaciones y resultados de la implementación de la alerta de género emitida para cada uno de estos estados. (Fue desechado por concluir el periodo de la comisión permanente)
Insistiremos que en la Declaratoria de Alerta de género se incluyan a los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de las entidades y a brindar una respuesta conjunta. Solo así podremos enfrentar este flagelo de la vida de las mujeres.
Columna de opinión de Candelaria Ochoa
Publicado originalmente en MX Político